Si su empresa cuenta con un trabajador fijo
discontinuo, sólo deberá mantenerlo en situación de alta en la
Seguridad Social y cotizar durante los períodos de actividad. Así
pues, cuando efectúe el llamamiento y el trabajador se reincorpore
para reanudar la actividad, su empresa deberá darlo de alta en la
Seguridad Social.
Además, su empresa está obligada a cotizar y a
dar de alta al trabajador en el momento del llamamiento aunque éste
se encuentre de baja...